De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de las Normas Diocesanas dictadas por el Obispo de Córdoba, Monseñor Demetrio Fernández, para nuestras Hermandades y Cofradías, y a la luz del canon 312-3, 313, 314, 315 del vigente Código de Derecho Canónico, se redacta el presente Reglamento de Régimen Interno, conforme a la norma del Derecho y de las Reglas aprobadas por la Autoridad Eclesiástica para esta Hermandad.
Su finalidad es, sin duda, dotar a la Hermandad, como asociación legítimamente establecida, de unas normas particulares y específicas que rijan la vida interna de la misma y transmitan el carácter de lo que es y debe ser su propia identidad.
Al estructurar el contenido de la norma se ha perseguido dotar al Reglamento de un sistema y orden propios, pero, a su vez, siendo los Estatutos su base primordial, por ser éstos la norma que desarrolla. De este modo, al igual que sucede con los Estatutos, sus contenidos han sido organizados en Capítulos, cuya disposición y orden no resultan arbitrarios, pues los mismos han sido estructurados, a su vez, en función del orden de aparición de los diversos contenidos de los Estatutos, salvo aquéllos que no tengan referentes en los mismos.
Por último, debe expresarse lo importante que ha de resultar no perder nunca de vista que el presente texto no debe contemplarse como una simple norma jurídica, sino como la norma de la que se ha dotado a sí misma una comunidad Trinitaria de Fe, Esperanza, y Amor virtudes éstas que han de inundar cada palabra de este Reglamento y que deberán presidir siempre su interpretación. De este modo, también conseguiremos que nuestra Hermandad sea una comunidad de hermanos.
La Trinitaria Hermandad de Penitencia y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo de Gracia y María Santísima de los Dolores y Misericordia tendrá como objetivos y fines:
Se compone de una orla en cuyo espacio central se halla la Cruz Trinitaria que consta de color azul su brazo horizontal y color rojo el brazo vertical. De los dos lados de la parte superior de la orla, sale una cadena que es recogida por unos grilletes en la parte baja. En la parte superior de la orla, lleva colocada una corona.
El escudo de la Hermandad está basado en el mismo escudo de la Orden de la Santísima Trinidad y de los cautivos que, desde 1193, un 28 de enero San Juan de Mata, en su primera misa tuvo la revelación de la Cruz roja y azul con fondo blanco, que representa a las tres personas de la Trinidad: Rojo por Cristo Redentor, Azul como impulso del Espíritu Santo y Blanco como la plenitud del Padre, rodeado por una orla que la rodea las cadenas y los grilletes como signo de un carisma redentor y liberador.
También tiene un contenido mucho más teológico, que representa el Icono resumen de la historia de la Salvación y, ante todo, será signo de liberación.
Un emblema con más de 800 años de historia, aprobado por Inocencio III, signo heredado de nuestros antecesores y herencia para los seguidores de esta familia del Cristo de Gracia, de sus raíces, su misión y su historia.
Escudo completo de la Hermandad realizado en una aleación de metal, donde la Cruz Trinitaria se presentará lacada con los colores correspondientes a la misma. En la parte trasera, se presentará el nombre completo de la Hermandad. La medalla irá sujeta a un cordón trenzado blanco y negro.
Además, se reconocerá la distinción de una medalla dorada, la cual consta del escudo completo realizado en metal dorado, sujeto a un cordón dorado trenzado. Dicha medalla dorada será impuesta por el Consiliario al Hermano Mayor de la Hermandad, una vez haya realizado la toma de posesión como tal, sólo pudiendo ser portada por éste y por los antiguos Hermanos Mayores de la Cofradía que la posean. El importe de dicha medalla correrá a cargo de la Hermandad.
Escudo completo de la Hermandad realizado, preferentemente, en materiales nobles, tales como oro o plata bañada en oro. La cruz trinitaria central estará formada por pequeñas piedras de los colores de la orden, azul y rojo.
Constará de escudo y nombre completo, Sede Canónica y dirección en el encabezado; a continuación, fecha de emisión y la redacción del documento a emitir.
Los mismos estarán firmados por el secretario con el visto bueno del hermano mayor y sello de la Hermandad. El pie de página tendrá el anagrama de Gloria Tibi Trinitas.
Los medios de comunicación oficiales reconocidos y usados por la Hermandad para la emisión de noticias, así como la publicación de otros documentos serán la página web www.cristogracia.es, y el correo electrónico de Secretaría designado. De forma complementaria, destacará la publicación en redes sociales para un mayor alcance de la emisión.
Se otorgará el reconocimiento de Hermano de Honor al hermano que haya demostrado fidelidad y entrega a la Cofradía, participando de manera activa durante gran parte de su vida. Dicho reconocimiento se materializará en la imposición de la insignia del escudo de la Hermandad, representando el escudo de la misma y realizado en oro; será entregado por el Hermano Mayor de la Hermandad, en un acto a determinar por la Junta de Gobierno.
Para otorgar dicha distinción la Junta de Gobierno propondrá en Asamblea General de hermanos el nombramiento/s de hermanos de honor. Tras su aprobación, esta petición se elevará al Obispado para su consentimiento definitivo.
Se otorgará dicho reconocimiento a todos aquellos hermanos que cumplan tres décadas como miembros de la Hermandad de forma ininterrumpida. Dicho
reconocimiento se materializará en un diploma que entregará el Hermano Mayor de la Hermandad, en un acto a determinar por la Junta de Gobierno.
Se otorgará dicho reconocimiento a todos aquellos hermanos que cumplan una veintena de años como miembros de la Cuadrilla de Costaleros de la Cofradía. Dicho reconocimiento se materializará en un diploma que entregará el Hermano Mayor de la Hermandad, en un acto a determinar por la Junta de Gobierno.
Se otorgará dicho reconocimiento a todos aquellos hermanos que cumplan una década como miembros de la Agrupación Musical Santísimo Cristo de Gracia de manera ininterrumpida. Dicho reconocimiento se materializará en un diploma que entregará el Hermano Mayor de la Hermandad, en un acto a determinar por la Junta de Gobierno.
Se otorgará dicho reconocimiento a todos aquellos hermanos que comiencen a formar parte de la Hermandad. Dicho reconocimiento se materializará en un diploma que entregará el Hermano Mayor de la Cofradía, ya sea en mano o por vía telemática.
Se impondrá la medalla de la Hermandad a todos aquellos hermanos que así lo soliciten, independientemente de los años de antigüedad como miembros de la Cofradía. Dicha imposición será a cargo del Hermano Mayor o un miembro de la Junta de Gobierno que éste designe para la ocasión, en caso de imposibilidad de asistencia al acto.
Este acto se celebrará el Viernes de Quinario en honor al Santísimo Cristo de Gracia. De este modo, antes de recibir la bendición que da fin a la Eucaristía, el secretario tomará la palabra y nombrará a aquellos hermanos que hayan solicitado la imposición de medalla; a continuación, el Sacerdote o Consiliario bendecirá las medallas. Del mismo modo, el Secretario leerá el juramento que los hermanos aceptan como miembros de la
Hermandad. Una vez se hayan bendecido las medallas, el Hermano Mayor las impondrá de forma individual a los hermanos.
En lo que respecta a la medalla, el importe correspondiente a la misma será abonado por los hermanos que la soliciten.
Los miembros de Junta de Gobierno serán designados por el Hermano Mayor, quien habrá sido elegido previamente mediante la celebración de una votación, a la que tendrán derecho de participación todos los hermanos de la Cofradía que posean, como mínimo, un año de antigüedad como tal.
De este modo, la Junta de Gobierno estará formada por:
Aquellos hermanos que formen parte de la Junta de Gobierno de la Hermandad del Santísimo Cristo de Gracia y María Santísima de los Dolores y Misericordia deberán:
Todos los cultos que organice la Hermandad, recogidos ya en nuestros estatutos, más los reseñados en este reglamento, se celebrarán de acuerdo con la liturgia de la Santa Madre Iglesia.
El proyecto de cultos recogerá la relación de todos los que se prevean realizar dentro de cada ejercicio, de acuerdo con los estatutos, siendo aprobados por el consiliario y Junta de Gobierno.
El Vocal de Cultos, con la aprobación del Consiliario y Junta de Gobierno, podrá proponer cualquier otro tipo de celebración distinta a los previstos en los estatutos y en el presente reglamento, especialmente si es por motivo de celebración extraordinaria, como pudieran ser aniversarios de índole propios de la Hermandad, siempre con una causa litúrgica o histórica concreta, no pudiéndose celebrar dicha conmemoración con menos de cinco lustros de vida.
Se podrá celebrar, previo estudio y aprobación por la Junta de Gobierno y comunicación a la Asamblea General de distintas celebraciones Jubilares que la Iglesia local, universal o de la Orden de la Santísima Trinidad conmemoren por alguna circunstancia de índole especial para la Iglesia Católica.
Como miembros de la Orden Trinitaria, la Cofradía celebrará solemnemente la Fiesta Litúrgica de la Santísima Trinidad, en nuestra Sede Canónica y unidos a la comunidad parroquial. Celebración que se hará partícipe a los hermanos de la cofradía; así como otras festividades y solemnidades de la Orden
A todos los hermanos se les recomienda y anima a recibir el Sacramento de la Confirmación, la cual es requisito indispensable, para todos aquellos cofrades que tengan responsabilidad de gobierno y sean miembros de la junta directiva de nuestra hermandad. Así como cumplir las normativas canónicas que el derecho determine para sus miembros
Como cristianos y participes de la Orden Trinitaria hemos de inculcar de forma manifiesta y testimonial al pueblo de Córdoba el carisma propio de las fuentes y raíces de las que formamos parte desde nuestros orígenes de 1618.
De acuerdo con los principios evangélicos, así como con las normas y el Derecho Canónico de la Iglesia Católica, los hermanos pertenecientes a la Cofradía deberán vivir con coherencia, compromiso y testimonio fraterno su Fe, habiendo adquirido dicha responsabilidad en el Sacramento del Bautismo como seguidores de Jesucristo que, en nuestra corporación trinitaria, está manifestado en la Cruz Salvadora de la Redención mediante el Santísimo Cristo de Gracia; viviendo y celebrando los Sacramentos, especialmente, la Eucaristía dominical y el Sacramento de la Reconciliación.
La formación, de acuerdo con el artículo 4.2 y 4.3 de nuestros estatutos, es fundamento esencial en la maduración de la fe, siendo cauce complementario al culto reseñados en nuestros estatutos y en el propio reglamento interno, para que tengan auténtica razón de ser en las distintas manifestaciones de nuestra identidad cristiana y cofrade.
Como prolongación a todas las celebraciones cultuales, este campo tendrá una parcela muy significativa en la maduración de la fe, destacando los siguientes cometidos:
Se celebrará de forma anual, siendo fechado en el contexto litúrgico cuaresmal, concretamente en la cuarta semana, dentro de la tradición y carisma de nuestra Hermandad, de acuerdo con los tiempos eclesiales y con la dignidad que conlleva; por circunstancias de fuerza mayor, dicha fecha podrá ser modificada por decisión de la Junta de Gobierno de la Hermandad.
Para la celebración de este quinario, la imagen del Santísimo Cristo de Gracia se colocará en el Altar Mayor de la Parroquia de Nuestra Señora de Gracia y San Eulogio, sede canónica de la Hermandad. De este modo, la imagen se dispondrá sobre una plataforma, así como de un dosel; además, irá acompañado de exorno floral y luminoso, así como de ornamentación compuesta por elementos estéticos de carácter litúrgico que, el Mayordomo, junto al Vocal de Cultos, estimen oportunos, con el fin de dignificar dicho Altar de Cultos.
El quinario, atendiendo a su nomenclatura, constará de una celebración litúrgica compuesta de cinco días en la que los hermanos de la Cofradía celebren el Sacramento de la Eucaristía en honor al Santísimo Cristo de Gracia.
Se celebrará de forma anual, en tiempo de Cuaresma. Dicha celebración, consistirá en una reflexión acerca de las Siete Palabras que Cristo pronunció en los momentos previos a su Muerte.
Esta reflexión será pronunciada por el Consiliario de la Hermandad, por un sacerdote, presbítero o laico invitado por parte de la Vocalía de Cultos de la Hermandad, previa aprobación del Hermano Mayor.
Esta celebración cultual, de carácter solemne, se celebrará anualmente, dentro de las normas y costumbres litúrgicas de carácter ancestral de nuestra Hermandad, coincidiendo con el Viernes de Dolores.
La imagen del Santísimo Cristo de Gracia quedará expuesta en su Capilla, fuera de su camarín, en veneración de todos sus fieles y devotos. El Mayordomo, junto al Vocal de Cultos, serán los encargados del montaje de dicho acto, quedando a su criterio la elección de los elementos ornamentales que completen la estampa de solemnidad y devoción, invitando a la oración y al recogimiento.
Dicho culto ocupará todo el día, de forma ininterrumpida, finalizando con la celebración de la Eucaristía.
Se celebrará el quinto Domingo de Cuaresma; por circunstancias de fuerza mayor, dicha fecha podrá ser modificada por decisión unánime de la Junta de Gobierno de la Hermandad. El objetivo principal de esta liturgia raiga en la manifestación pública de los hermanos de su aprobación, conformidad y promesa de cumplimiento de los Estatutos de la Hermandad.
Supondrá el fin solemne de la semana de Quinario, constando de una Eucaristía en honor al Santísimo Cristo de Gracia, a la que deberán asistir todos los hermanos de la Cofradía.
La presentación del Santísimo Cristo de Gracia para este culto será la misma que para la celebración del Quinario.
Se celebrará los últimos viernes de cada mes del año. En caso de casuística de carácter litúrgico, de formación u otras necesidades, la Junta de Gobierno podrá establecer otra fecha o, incluso, suspender dicha celebración.
La Hermandad será la encargada de organizar dicha celebración eucarística, pudiéndose aplicar a distintas intenciones como, por ejemplo, a los hermanos difuntos de la Cofradía, a los que se conmemoran las intenciones de la Eucaristía de Noviembre.
Dicha eucaristía será ofrecida en la Capilla del Santísimo Cristo de Gracia, estando invitados a su participación todos los miembros de la Hermandad.
Se invitará a todos los hermanos a participar cooperativamente, todos los domingos y días de precepto, o sus correspondientes vísperas, en una de las misas habituales que se celebran en la Parroquia de Nuestra Señora de Gracia y San Eulogio.
Esta doble celebración será fechada en el mes de septiembre, coincidiendo con la Festividad de la Exaltación de la Santa Cruz (14 de septiembre) y la festividad de la Virgen de los Dolores (15 de septiembre), en conmemoración de ambas, así como de la Juventud de la Hermandad.
Por circunstancias de fuerza mayor, dicha fecha podrá ser modificada por decisión unánime de la Junta de Gobierno de la Hermandad; dicha decisión de cambio podrá aplicarse al lugar de celebración dentro de la Parroquia.
En fecha cercana al 20 de marzo, se celebrará todos los años una eucaristía para recordar el hermanamiento de nuestra Hermandad con las hermanas de clausura del Convento Cisterciense de la Encarnación.
En el mes de noviembre, de forma anual, se celebrará una eucaristía en recuerdo del hermanamiento con la Hermandad del Vía Crucis de Córdoba. Dicha celebración se realizará de forma alterna en la Parroquia de Nuestra Señora de Gracia y San Eulogio y en la Parroquia de San Juan y Todos los Santos.
Esta Eucaristía tendrá el carácter de Acción de Gracias, y se celebrará el 4 de febrero, coincidiendo con el aniversario de la llegada de nuestro Sagrado Titular, el Santísimo Cristo de Gracia, a Casa de la Trinidad.
Con motivo de las celebraciones por las que se rige el Año Litúrgico: Adviento, Navidad, Cuaresma y Pascua, la Hermandad organizará algunos actos propios a dichas festividades.
Esta hermandad tendrá como cultos externos, según estipulan nuestros estatutos, dentro del Título II: Finalidades, Artículo 4.1 CULTOS, punto 2 y 4, los siguientes:
La celebración del camino de la Cruz es un acto de oración para la meditación de la Pasión de Nuestro Señor Jesucristo camino del calvario, se desarrollará con la seriedad, sobriedad y recogimiento necesario para dicha meditación. Se recomendará a todos los hermanos y devotos una compostura estricta de silencio y oración, recomendado austeridad en la vestimenta, este acto de piedad se realizará el jueves precedente al viernes de Dolores, pudiéndose cambiar, bajo la aprobación de la Junta de Gobierno, a otro día por causas de justificación acreditadas. Igualmente se celebraría en el interior del templo cuando la situación climatológica lo requiera. La responsabilidad litúrgica sería del Consiliario y Vocal de Cultos.
Se celebrará el jueves de la quinta semana de Cuaresma. Siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan, el Santísimo Cristo de Gracia recorrerá las calles de la feligresía, portado a hombros por los hermanos de la Cofradía que así lo hayan solicitado. La organización de esta celebración corresponderá a un equipo compuesto por miembros de la Junta de Gobierno, así como por hermanos de confianza que ésta estime.
La imagen del Santísimo Cristo de Gracia estará acompañada por una comitiva formada por los hermanos de la Cofradía que así lo soliciten, como se podrán distinguir las siguientes insignias:
Acto de acreditada memoria histórica para nuestra hermandad, pues la primera salida procesional de nuestro Titular acaeció, con las fiestas de la invención de la Santa cruz en el mes de mayo, siendo justamente el primero de ese mes del año de Gracia de 1654, cuando el Santo Cristo procesionó en rogativas por nuestra ciudad de Córdoba.
Estas fiestas, hoy liturgia de la Exaltación de la Santa Cruz, tendrá su celebración durante las actividades cultuales del mes de septiembre dentro de la mencionada festividad litúrgica de la Santa Cruz y de Nuestra Señora de los Dolores y Misericordia, coordinados por los responsables de cultos, penitencia y grupo joven
fijándose su salida procesional el último sábado del mes de septiembre, pudiéndose cambiar, por los motivos que la Junta de Gobierno considere de causa justificada.
La comitiva estará formada por miembros del Grupo Joven de la Cofradía, hermanos esclavina y alumnos del Colegio Trinitarios de Córdoba, así como habrá una representación de la Junta de Gobierno de la Hermandad. El acompañamiento musical de la procesión corresponderá a la Agrupación Musical Santísimo Cristo de Gracia.
El equipo de capataces y contraguías del Paso de la Santa Cruz lo formarán miembros de la Cofradía, existiendo la posibilidad de excepción, previa consulta y aprobación de la Junta de Gobierno. Se perderá la condición de costalero del Paso de la Santa Cruz una vez cumplida la mayoría de edad o haber alcanzado una determinada altura que le imposibilite su continuidad.
El cortejo de la Procesión de la Santa Cruz estará constituido por:
La Estación de Penitencia de la Hermandad del Santísimo Cristo de Gracia se celebrará de forma anual, el Jueves Santo, coincidiendo con la Semana Santa. Dicha celebración litúrgica tendrá como principal objetivo dar testimonio de la Fe católica de forma pública, manteniendo la seriedad y el compromiso que esto supone, dando ejemplo de saber estar y conciencia cristiana.
De este modo, consecutivamente a los cultos propios en honor al Santísimo Cristo de Gracia, así como en conmemoración de la Pasión, Muerte y Resurrección de Nuestro
Señor Jesucristo. Por ello, todos los miembros que formen parte del cortejo procesional se encontrarán en adquisición de compromiso cristiano, así como de saber estar y riguroso comportamiento en las calles de nuestra ciudad, de principio a fin de la misma.
Tendrán derecho a la participación en la salida procesional todos aquellos hermanos que se encuentren al corriente de pago de la cuota anual establecida por la Hermandad, así como haber retirado su Papeleta de Sitio y abonado el importe de la misma.
Los hermanos nazarenos de luz irán ordenados por orden de antigüedad. En caso de que un hermano antiguo solicite el emparejamiento con un hermano nuevo para su proximidad en el cortejo, deberá hacerlo al Rector de Penitencia durante el reparto de papeletas de sitio, siendo relevado a la posición del hermano con menos antigüedad. Del mismo modo, aquellos hermanos que no pudieran retirar su papeleta de sitio en las fechas establecidas y previamente comunicadas por los diferentes medios de comunicación que posee la Cofradía, deberán ponerse en contacto con la misma, con el fin de evitar cualquier tipo de malentendido.
En lo referente a los hermanos de esclavina, se establecerá la edad orientativa de 12 años como cese de dicho periodo y toma de cubrerrostro.
Todos los hermanos que lo deseen podrán portar la medalla de la Hermandad para realizar la Estación de Penitencia del Jueves Santo; si llevasen otros elementos que aludan a otras hermandades o agrupaciones diferentes a nuestra Cofradía, deberán hacerlo en un lugar no visible.
Tendrán derecho a la participación en la salida procesional todos aquellos hermanos que se encuentren al corriente de pago de la cuota anual establecida por la Hermandad, así como haber retirado su Papeleta de Sitio y abonado el importe de la misma.
Los hermanos nazarenos de luz irán ordenados por orden de antigüedad. En caso de que un hermano antiguo solicite el emparejamiento con un hermano nuevo para su proximidad en el cortejo, deberá hacerlo al Rector de Penitencia durante el reparto de papeletas de sitio, siendo relevado a la posición del hermano con menos antigüedad. Del mismo modo, aquellos hermanos que no pudieran retirar su papeleta de sitio en las fechas establecidas y previamente comunicadas por los diferentes medios de comunicación que posee la Cofradía, deberán ponerse en contacto con la misma, con el fin de evitar cualquier tipo de malentendido.
En lo referente a los hermanos de esclavina, se establecerá la edad orientativa de 12 años como cese de dicho periodo y toma de cubrerrostro.
Todos los hermanos que lo deseen podrán portar la medalla de la Hermandad para realizar la Estación de Penitencia del Jueves Santo; si llevasen otros elementos que aludan a otras hermandades o agrupaciones diferentes a nuestra Cofradía, deberán hacerlo en un lugar no visible.
El cortejo procesional de la Cofradía estará compuesto por un total de 8 sectores de hermanos nazarenos, así como de un cuerpo de acólitos, el Paso Procesional del Santísimo Cristo de Gracia y María Santísima de los Dolores y Misericordia, cuerpo de hermanas de mantilla y Agrupación Musical. De este modo, el cortejo quedaría esquematizado de la siguiente forma:
Formarán parte del cortejo procesional, siendo piezas seleccionadas del patrimonio de la Cofradía. Dichas insignias y estandartes serán:
El Rector de Penitencia será cargo de Junta de Gobierno, elegido por el Hermano Mayor de la Cofradía. Sobre él, recaerá la responsabilidad del cortejo procesional durante su salida.
Será el encargado de establecer los diferentes cargos en su equipo de auxiliares, así como de organizar el cortejo en cuanto a distribución de insignias y escoltas se refiere. Estará acompañado del Vice-Rector de Penitencia, también elegido por el Hermano Mayor, y ambos presidirán el reparto de túnicas y papeletas de sitio.
Por otro lado, para el correcto funcionamiento de los diferentes sectores, así como el buen hacer y transcurso de la Cofradía en la calle, el Rector de Penitencia podrá valerse de un equipo de auxiliares (siempre con el visto bueno del Hermano Mayor), quienes estarán al servicio, tanto del Rector, como de la Cofradía. Este equipo estará formado por:
El cargo de celador y/o ayudante no es vitalicio, pudiendo variar y, si el Rector de Penitencia lo estima oportuno, será delegado en otra persona.
El celador y ayudante debe velar por el correcto orden y funcionamiento del sector, así como por el comportamiento de los hermanos nazarenos que lo formen. De este modo, debe ser ejemplo de conducta y saber estar, así como de cumplimiento de las normas establecidas por la Hermandad.
Irán ataviados con vestimenta civil (camisa blanca, traje y calzado negros; corbata negra para los hombres), así como poseerán una acreditación que les habilite para su función.
El servidor no se encuentra en potestad para dar órdenes ni manejar el cortejo, salvo petición expresa del Rector de Estación de Penitencia.
Corresponderá al Rector de Penitencia cumplir con la tenencia del listado completo de todos los participantes en la Estación de Penitencia una semana antes de ésta, con el fin de evitar contratiempos el día de salida. Dicho listado será publicado para conocimiento de dichos participantes cumpliendo toda normativa referente a la Protección de Datos.
El hábito nazareno es una de las principales señas de identidad de la Cofradía en la calle y, por eso, ha de tratarse con el respeto que merece.
Estará compuesto por:
Los hermanos que porten cirial, incensario o bocina, carecerán de capa y, en su lugar, se cubrirán con una dalmática que, dependiendo de la insignia que porten, será negra con remates damascados dorados, o blanca y roja con remates damascados dorados.
La Hermandad poseerá un depósito de túnicas que quedarán en calidad de préstamo a aquellos hermanos que no posean su túnica en propiedad. En caso de extravío o cualquier otro daño sobre la misma, el hermano sobre el que conste dicho préstamo quedará a cargo de la solvencia de la reparación o repuesto de dicha túnica.
El hábito es una seña de identidad de la Hermandad, digno de respeto; por tanto, cualquier conducta indecorosa con el hábito, será motivo de sanción por parte de la Cofradía.
Nunca superará el máximo de 12 componentes.
El ingreso en el cuerpo de mantillas vendrá designado por la antigüedad de una lista de espera en la que deberán constar aquellas hermanas que soliciten estar en la misma y que el Rector de Penitencia dispondrá. La baja del cuerpo de mantillas será causa del deseo de la hermana o por mostrar un comportamiento indecoroso, estando la Hermandad en completo derecho de invitar a esa hermana a dejar su puesto. En caso de baja circunstancial (maternidad, accidente, etc. debidamente justificada y cuya duración no supere un año), no se cabrá la sustitución por familiares o amigos, si no por aquella hermana que se encuentre en posición inmediata en la lista de espera. Solo podrá disfrutar de ese puesto el año de baja de la titular volviendo a su lugar en la lista de espera si así lo deseara el año siguiente.
La hermana de mantilla deberá cumplir con el sentido cristiano que posee su figura en el cortejo procesional, guardando las formas en todo momento. Así, deberá presentar una correcta vestimenta, cumpliendo con el largo del vestido y careciendo de escotes pronunciados ni maquillajes ostentosos. El incumplimiento de dichas normas puede causar la expulsión del cuerpo de mantillas si el Rector de Penitencia y la Junta de Gobierno lo estiman oportuno.
Normativa de vestimenta de mantilla:
Si por causas climatológicas, o por fuerza mayor, no se pudiera realizar cualquiera de los cultos externos recogidos en los Estatutos y en el presente Reglamento de Régimen Interno en el día y hora previamente estipulados, la Junta de Gobierno, reunida en Junta Extraordinaria – que excepcionalmente podrá convocarse, por orden del Hermano Mayor o petición de mayoría simple de los miembros de la Junta de Gobierno, sin citación ordinaria- podrá decidir la supresión de los mismos.
Años jubilares, centenarios de la Hermandad, u otras celebraciones de tipo de indulgencia, conmemorativas de la iglesia local y universal, o relacionada con la Orden. Todas ellas aprobadas por la junta de gobierno, asamblea general y visto bueno del ordinario del lugar. (este permiso cuando estuviera relacionado con la Diócesis)
Todos los actos de culto, internos y externos, deben estar debidamente organizados con la dignidad y preparación al momento que se va a realizar, y siendo conscientes de su manifestación y transmisión a los hermanos y devotos de nuestros Titulares.
Se celebrará en la semana previa a la salida procesional de la Santa Cruz, estando organizada por los jóvenes de la Hermandad. Para ello, un miembro del Grupo Joven de la Cofradía realizará una exaltación al Santísimo Cristo de Gracia, habiendo sido designado por el Vocal de Juventud, previa aprobación de la Junta de Gobierno.
Dicha exaltación tendrá lugar en la Capilla del Santísimo Cristo de Gracia.
Se celebrará el sábado anterior al Quinario en honor a nuestro Sagrado Titular. El acto constará con un concierto de la Agrupación Musical a los pies del Santísimo Cristo de Gracia; en el trascurso del mismo, tomará la palabra un miembro de la agrupación musical, exaltando a nuestro Sagrado Titular. La designación del exaltador será a propuesta de la dirección de la Agrupación Musical y ratificada por la junta de Gobierno.
Según el artículo 4, punto 4 del Título II, “Finalidades”, correspondiente al apartado de Obras Sociales de nuestros Estatutos y complementado el desarrollo del mismo, en este reglamento interno, la Caridad es el instrumento que dota a nuestra hermandad de una sensibilidad y misión fundamental de nuestra razón de ser como cristianos y comunidad de fe a favor de los más necesitados, raíz desde nuestros orígenes de primeros del siglo XVII.
La Obra Social estará bajo la responsabilidad y coordinación del Vocal de Caridad, con el respaldo y aprobación del Hermano Mayor y Junta de Gobierno.
Las Obras de Caridad se dotará con la cantidad que anualmente se presupueste por parte de la Corporación para este fin, incrementándose, si los hubiera, a este presupuesto, los donativos , tanto en especies como en dinero, para apoyo de las distintas obras sociales que se pudieran acometer de más para tal fin y en unión con la Parroquia Estas entradas estarían gestionadas por el Vocal de Caridad y su equipo de colaboradores según las competencias que le otorgan los estatutos y con las suscripciones voluntarias de aquellos hermanos, devotos o fieles lo deseen de forma libre.
Como fin asistencial prioritario de las obras de caridad, se atenderá a las necesidades de los hermanos en las distintas facetas que pudieran necesitar: alimentación, educación, sanitaria y todas aquellas de origen de primera necesidad.
De igual forma, y en las posibilidades de la Cofradía y dentro de los presupuestos aprobados en asamblea general de hermanos, se tendrá en consideración los distintos campos de acción que la Hermandad ha venido desarrollando desde sus orígenes, en los campos de misiones, desarrollo humano, inmigración , libertad de cristianos perseguidos y otras situaciones que se presentaran en nuestro campo de obras redentoras, siendo recomendable que todas estas colaboraciones estuvieran canalizadas por distintos centros o fundaciones propias de la orden, como otras de carácter eclesial, por ejemplo Cáritas Diocesana o nacional.
El responsable de las obras sociales, junto con su equipo colaborador, animará a todos los hermanos y allegados a esta necesaria y encomiable labor a favor de los necesitados, por medio de ciclos formativos, conferencias sobre los distintos campos de acción en los que se pudiera trabajar y ofrecer nuestro apoyo y entrega a esta labor tan fundamental en nuestra vida cristiana y de hermandad. Misión muy importante por el equipo de caridad, concienciar, que la obra social no es solo económica, de igual importancia es el trabajo manual y de acompañamiento en las facetas asistenciales que se pudieran afrontar de una forma generosa, como pudieran ser acompañamiento, preparación logística, apoyos educativos pastoral penitenciaria, y otros campos que la sociedad requiera y la hermandad pudiera, dentro de su realidad personal y comunitaria atender.
El vocal de caridad elaborará unas cuentas anuales de la Obra Social, que será refrendada por la Junta de Gobierno y asamblea general de hermanos.
Tras la aprobación del presupuesto anual, el responsable de la vocalía procederá a un calendario de pago de las cantidades adjudicadas a las distintas parcelas refrendadas por los hermanos.
Los objetivos y actividades a desarrollar por la Agrupación Musical serán:
Las funciones a desarrollar por el Director de la Agrupación Musical serán las siguientes:
Las funciones a desempeñar por el Director Musical serán:
Aquellos aspirantes a formar parte de la Agrupación Musical Santísimo Cristo de Gracia deberán cumplir los siguientes requisitos:
Los componentes y miembros de la Agrupación Musical Santísimo Cristo de Gracia tendrán como derechos y obligaciones:
El uso y empleo de instrumentos y enseres propiedad de la Hermandad del Santísimo Cristo de Gracia y María Santísima de los Dolores y Misericordia se regirá por las siguientes pautas:
El uniforme de la Agrupación Musical Santísimo Cristo de Gracia constará de:
Durante la actuación de la Agrupación Musical en certámenes y desfiles será de obligatorio cumplimiento:
Durante el desarrollo de los ensayos de la Agrupación Musical será de obligado cumplimiento:
En caso de incumplimiento de las condiciones indicadas en disposiciones anteriores, los miembros de la Agrupación Musical podrán ser sancionados en los siguientes parámetros:
Los componentes de la Agrupación Musical, mediante este punto, aprueban y autorizan el uso de su imagen para cualquier evento publicitario o difusión relacionado con las actividades propias de la Agrupación.
Queda establecida como norma general e inexcusable la participación de la Agrupación Musical en los actos propios de la Hermandad, tales como Estación de Penitencia del Jueves Santo, Procesión de la Santa Cruz, Concierto de Cuaresma y otros actos que organice.
En caso de considerar la necesidad de modificar este reglamento, es precisa su aprobación en la Junta General de Hermanos de la Hermandad del Santísimo Cristo de Gracia y María Santísima de los Dolores y Misericordia.
Tanto los capataces como los costaleros y demás personas integrantes de las cuadrillas forman parte del cortejo procesional de la Hermandad, y por lo tanto deberán mantener la debida compostura.
El capataz será elegido por la Junta de Gobierno. Gozará de continuidad mientras la Junta de Gobierno lo estime oportuno. El equipo de auxiliares será a proposición del capataz a la Junta de Gobierno con el consenso de ambas partes.
En este sentido el capataz y sus auxiliares cuidarán bajo su responsabilidad de que todos los integrantes de la cuadrilla de costaleros cumplan con el Código Interno y las Normas de Funcionamiento.
La pérdida de la condición de miembro de la Cuadrilla de Costaleros se producirá:
Los miembros de la cuadrilla de costaleros que se encuentren en situación de ser hermanos de la Cofradía, están sometidos en iguales derechos y deberes que el resto de hermanos de la misma. En el caso de los miembros que no sean hermanos, quedarán exentos de ellos. No obstante, en ambos casos se deberán cumplir las normas establecidas, así como mostrar el correcto y correspondiente decoro y dignidad a la hora de portar el Paso procesional, siempre obedeciendo las órdenes del capataz y equipo de auxiliares, así como las normas que imparta la Junta de Gobierno mediante el Fiscal de Paso y Vocal de Costaleros.
Son sujetos que pueden ser sancionados conforme a este Reglamento:
Son faltas las acciones, conductas u omisiones contrarias a lo establecido en las Reglas de la Hermandad y Cofradía, en sus Reglamentos de desarrollo interno, en las ordenanzas de la Asamblea General de Hermanos o en los acuerdos de la Junta de Gobierno, así como las clasificadas como antijurídicas según el Derecho Canónico.
Las faltas están clasificadas en leves, graves y muy graves:
Se consideran faltas leves de los miembros de la Hermandad y Cofradía:
Las faltas a que se refiere el Artículo anterior podrán penalizarse con alguna o varias de las sanciones siguientes:
Por razón de las faltas a que se refiere este Reglamento podrán imponerse las siguientes sanciones:
Para las muy graves, cuatro años desde que se produjo la falta.
Para las graves, tres años desde que se produjo la falta.
Para las leves, dos años desde que se produjo la falta.
2. El plazo de prescripción comenzará a contarse desde que la falta se hubiere cometido y se interrumpirá por la iniciación del procedimiento, volviendo a correr el plazo si el expediente permaneciere paralizado durante más de seis meses por causa no imputable al Hermano sujeto al procedimiento.
Este Reglamento podrá ser modificado de manera obligatoria o voluntaria, total o parcialmente.
Será modificado de manera obligatoria cuando la legislación canónica vigente determine la necesidad de adaptar el presente texto a su normativa, o se produzcan cambios en los Estatutos de la Hermandad que obliguen a ello.
La modificación voluntaria tendrá lugar a iniciativa de la propia Junta de Gobierno. Dicha modificación se aprobará en el Asamblea General Ordinaria próxima siguiente o en una Asamblea General Extraordinaria y monográfico, convocado al efecto.
El proyecto de modificación de Reglamento habrá de ser presentado por escrito y expuesto, al menos, durante una semana a todos los hermanos, a través de los medios oficiales y podrán, dentro del referido plazo, proponer enmiendas a cualquier artículo o a la totalidad de los mismos, debiendo en ambos casos presentar los textos alternativos al propuesto.